Proceso de admisión

Reglamento de régimen interno

Reglamento de Régimen Interno

1. El Colegio Mayor Universitario San Agustín es un centro adscrito a la Universidad Complutense de Madrid, que proporciona alojamiento a los estudiantes y promueve la formación integral de la persona en orden a su inserción activa y responsable en la sociedad.

2. Se rige por el Reglamento de Centros de la Universidad Complutense de Madrid, los Estatutos propios, aprobados por dicha Universidad, y este Reglamento de Régimen Interno.

3. Fue inaugurado el curso académico 1963–1964 y está dirigido por los Agustinos, Orden religiosa de la Iglesia católica inspirado en los valores evangélicos y el humanismo cristiano, según el espíritu de san Agustín.

4. Los fines del Colegio Mayor Universitario San Agustín según sus Estatutos (Cf. Art. 5) son:

a) Proporcionar los medios para conseguir una más lograda formación humana, cultural, científica, cívica y social, religiosa y ética.

b) Fomentar un espíritu de solidaridad y convivencia social, sentido de la responsabilidad, actitud de servicio y dedicación a la tarea humanística y científica.

c) Facilitar a sus colegiales una formación complementaria de la ofrecida por la Universidad.

d) Proporcionar a los colegiales un ambiente adecuado para lograr el desarrollo pleno de su personalidad.

e) Establecer los cauces adecuados para una participación directa de los colegiales en la vida colegial y en la organización de las tareas formativas.

f) Formar colegiales sensibles y solidarios con los problemas sociales particularmente con los de la comunidad en la que viven, de forma que contribuyan personalmente a lograr una sociedad más libre, justa y fraterna, en la que sea posible cada día la plena
realización de la dignidad humana.

g) Procurar que arraigue sólidamente en los colegiales un espíritu de austeridad y disciplina, de amor al estudio y a la superación constante, de servicio a los demás, conforme con el lema del Colegio “Dilige et quod vis fac”, Ama y haz lo que quieras (San Agustín, Tratados sobre el Evangelio de San Juan 7, 8).

5. Los órganos de Gobierno del Colegio (Cf. Est. Art., 12) son: el Provincial y su consejo; el Equipo Directivo formado por: el Director, los Subdirectores, Secretario-Administrador, Prior de la comunidad religiosa y Coordinador de Pastoral; y con carácter consultivo, el Consejo Colegial formado por los representantes elegidos por los colegiales; y el Decano del Colegio oyendo el parecer del resto de colegiales.

6. La aceptación de plaza en este Colegio Mayor Universitario San Agustín supone unos derechos que implican también asumir y cumplir unas obligaciones especificadas en este Reglamento de Régimen Interno y en las condiciones económicas establecidas para cada curso (Ver documento adjunto).

7. Ser colegial de este Mayor otorga derecho a:

a) Los servicios de alojamiento y manutención en el Colegio según lo especificado en los servicios y condiciones económicas.

b) Uso adecuado de las instalaciones del Colegio.

c) Candidatar a ser miembro del Consejo colegial.

d) Promover, cooperar, asistir y participar en las actividades religiosas, científicas, académicas, culturales, sociales y deportivas fomentadas por el Colegio Mayor.

e) Presentar por escrito a la Dirección cuantas iniciativas, sugerencias, peticiones o reclamaciones considere oportunas a través del Consejo colegial.

f) Recibir información relacionada con cualquier cuestión que afecte a su estancia en el centro.

8. El colegial está obligado a guardar el debido respeto y consideración hacia el personal del Colegio Mayor y los demás colegiales.

9. Están totalmente prohibidas las “novatadas” entendidas como actos de coacción a los nuevos colegiales o faltas de respeto hacia su dignidad personal.

10. El vestuario, comportamiento y aseo del colegial será el adecuado a las zonas comunes del Colegio especialmente en el comedor, zonas de estudio, hall de entrada y zona de cafetería. El traje de baño solamente se podrá utilizar en la zona de piscina y jardines.

11. No se puede tener o consumir alcohol en ninguna dependencia del Colegio a excepción del área de cafetería con autorización de la Dirección.

12. Sin permiso de la Dirección, en el pabellón de las habitaciones no se permite la entrada a personas ajenas al Colegio a excepción de los familiares directos (padres y hermanos) de los colegiales.

13. Las colegialas no podrán entrar en el pabellón masculino de habitaciones, ni los colegiales en el pabellón femenino sin autorización expresa de la Dirección.

14. El colegial facilitará el acceso a su habitación cuando lo requiera la Dirección o empleados del Colegio por razones de disciplina, de limpieza o de mantenimiento de las instalaciones.

15. Las pernoctaciones fuera del Colegio deberán ser notificadas por medio de los partes de salida y entrada.

16. Cuando el colegial regrese al Colegio después de la 1:00 de la madrugada, deberá firmar el parte de entrada nocturna.

17. Las personas ajenas al Colegio solo podrán permanecer en el vestíbulo o zona de cafetería. Para utilizar otras instalaciones deben solicitar la autorización de la Dirección, así como para permanecer en el Colegio después de las 23 horas.

18. Siempre que el colegial se ausente del Colegio, depositará la llave de su habitación en la Recepción.

19. Solamente se reservará la bandeja de comida o prepararán bocadillos por motivos académicos u otros que la Dirección autorice.

20. El colegial como universitario tiene el compromiso ético de aplicarse responsablemente al estudio y de asistir ordinariamente a las clases en sus respectivas Escuelas o Facultades. Este punto es un requisito importante para la continuidad en el Colegio.

21. Los colegiales entregarán las calificaciones y documentación requerida en tiempo y modo que la Dirección solicite.

22. Están prohibidas las reuniones, tertulias, voces, música o películas con alto volumen o cualquier otra actividad que perturbe el estudio o el descanso de los demás colegiales en el pabellón de las habitaciones, especialmente de las 23:00 a las 8:00 horas.

23. El silencio es siempre obligatorio en la biblioteca, aulas de estudio y lugares próximos. En estas dependencias no se podrán introducir alimentos o bebidas que no sea agua.

24. En la biblioteca y aulas de estudio no pueden reservarse lugares ni dejar en ellas pertenencias personales al final del día.

25. Los Actos Colegiales son actividades o celebraciones oficiales del Colegio que por su significación, son de obligada asistencia para todos los colegiales. Para faltar a ellos se debe tener la autorización anticipada de la Dirección. Estos actos son: la apertura y la clausura del curso, que por su carácter académico oficial requieren traje formal; el Capítulo colegial y otros actos que ocasionalmente la Dirección tipifique como tales en su convocatoria.

26. Las Comisiones coordinadas por un colegial propuesto por sus miembros y confirmado por la Dirección tienen las siguientes funciones:

a) Programar las actividades correspondientes.

b) Buscar los medios para alcanzar los objetivos fijados y administrar el presupuesto aprobado por Dirección.

c) Promover la máxima participación y competencia de los colegiales en cada actividad programada.

d) Cuidar de los medios pertenecientes a dicha Comisión.

e) Presentar una memoria de actividades antes de la clausura de curso.

27. Cada colegial deberá participar activamente en dos Comisiones. Su colaboración será tenida en cuenta para la renovación de la plaza.

28. Desde el respeto a la libertad religiosa de cada colegial, el Colegio Mayor ofrece la posibilidad de una formación cristiana con una referencia especial a la espiritualidad agustiniana.

29. Todos los domingos y fiestas se celebrará la Eucaristía en la capilla del Colegio abierta a la libre participación de los colegiales. El Colegio atenderá las solicitudes religiosas de los colegiales y ofrecerá cada curso la correspondiente programación pastoral.

30. El uso del nombre, escudo o imagen del Colegio por parte de los colegiales deberá contar con el permiso expreso de la Dirección.

31. El colegial hará un uso adecuado de todos los muebles, servicios e instalaciones del Colegio Mayor y velará por la limpieza de sus dependencias.

32. Está prohibido fumar en el edificio del Colegio, particularmente en las habitaciones.

33. Para publicar algo en los tablones de anuncios del Colegio deberá contar con la autorización de Dirección.

34. El colegial es el responsable de mantener cuidada, limpia y ordenada su habitación y el mobiliario. Asimismo, es responsable de cualquier acción sancionable que ocurra en su habitación.

35. En la habitación no se permite tener microondas, barbacoas o parrillas eléctricas, sandwicheras, radiadores o estufas eléctricas u otros elementos similares.

36. Está prohibido tener animales en las habitaciones.

37. Para colocar carteles en la pared de la habitación utilizará únicamente chinchetas, no pudiendo usar otro tipo de adhesivo.

38. La limpieza de la habitación es obligatoria y el colegial deberá dejarla libre mientras se realiza.

39. Respetar la normativa de las dependencias que tienen su reglamento específico indicado en el local.

El director del Colegio Mayor y el Consejo de Dirección son los máximos y verdaderos intérpretes de las normas y los ejecutores exclusivos de las sanciones que se tipifican. El incumplimiento del Reglamento Interno, así como todo comportamiento que altere el normal funcionamiento y convivencia del Colegio Mayor Universitario San Agustín tendrán consideración de faltas, clasificando estas en leves, graves y muy graves.

40. NORMAS GENERALES

REFERIDAS A LAS INSTALACIONES:

1. Comedor:

– No se puede acceder al comedor en pijama, zapatillas de andar por casa, gorra, … (Falta leve)
– En el comedor no está permitido el uso del teléfono móvil. (Falta leve)
– No se puede sacar comida del comedor. (Falta leve).
– Si algún colegial necesita algo de menaje del comedor, una vez utilizado deberá devolverlo. (Falta leve).
Reserva bandejas de Comida:
– Para realizar la reservar de comida tendrá que ser el propio colegial el que lo comunique.
– El límite para la comunicación será media hora antes del cierre del comedor.
– Si un colegial deja sin consumir tres bandejas después de haber hecho reserva de estas, no podrá volver a hacer reserva hasta pasado un mes. (Falta leve)

2. Uso de Salas de Estudio y Biblioteca:

– En las salas de estudio y biblioteca se debe guardar silencio y respetar a los compañeros que están estudiando. (Falta leve)
– No se podrá introducir ni comida ni bebida, solo agua. (Falta leve)
– Deberán estar ordenadas y recogidas en todo momento. (Falta leve)

3. Uso de zonas comunes:

– Se debe respetar y cuidar en todo momento el mobiliario y los objetos de decoración de dichas zonas. El mal uso y deterioro del mobiliario será sancionado. (Falta grave)
– El vestíbulo, zona de sofás y zona de cafetería deben de quedar totalmente ordenados después de su uso. (Falta leve)
– Está prohibido comer en la zona de sofás y vestíbulo. (Falta leve)
– No está permitido poner los pies encima de las mesas, salvo en los asientos y sofás de cafetería siempre y cuando no se esté calzado. (Falta leve)

4. Gimnasio:

– Es obligatorio el uso de toalla por higiene y respeto a los demás usuarios. No está permitido entrenar sin camiseta. (Falta leve)
– El orden y control del material utilizado en la práctica deportiva es una norma fundamental que cumplir por seguridad y respeto a los demás usuarios. Se considerará falta el hacer mal uso de los materiales disponibles (incluidos altavoces) y el no recoger y ordenar el gimnasio una vez terminada la actividad. (Falta leve)

5. Pabellón de habitaciones y visitas:

– No está permitido el acceso al pabellón del género opuesto. (Falta muy grave)
– A las habitaciones solo podrán acceder los familiares de primer grado. No pueden acceder amigos o compañeros no colegiales. (Falta grave)
– Deberán estar ordenadas y recogidas. (Falta leve)
– Queda totalmente prohibido fumar en las habitaciones. (Falta grave)
– Para colocar carteles u otras decoraciones en la pared se utilizarán exclusivamente chinchetas no pudiendo usarse otro tipo de adhesivos. (Falta grave)
– Se debe respetar y cuidar en todo momento el mobiliario. El mal uso y deterioro del mobiliario será sancionado. (Falta grave)
– Para que una persona no colegial pueda acceder a alguna zona diferente del hall o cafetería (salas de estudio, biblioteca, etc.), previamente se deberá pedir permiso a dirección. (Falta leve)

6. Piscina:

– No está permitido el acceso al recinto de la piscina cuando esta se encuentre cerrada sin el permiso de dirección. (Falta grave)

REFERIDAS A LA ORGANIZACIÓN DEL COLEGIO MAYOR:

1. Salidas nocturnas:
– Siempre que un colegial regrese al Colegio más tarde de las 1:00h. deberá rellenar el parte de entrada. (Falta grave)
– El colegial deberá regresar en condiciones adecuadas y con el debido respeto y guardando las formas, de lo contrario será sancionado. (Falta grave)

2. Salidas y entradas del Mayor:

– Cada vez que un colegial abandone el Colegio deberá dejar la llave en Conserjería. La pérdida de la lleva conlleva el pago de su coste. (Falta leve)
– Cuando un colegial pernocte fuera del Colegio tendrá que rellenar el “Parte de Salida” y a la vuelta el “Parte de Entrada”. (Falta grave)

3. Actos oficiales y actividades:

– Todos los colegiales deberán asistir a los actos colegiales tipificados como obligatorios dese el comienzo hasta el fin de los mismos. Actos de apertura, clausura y navidad. (Falta grave)
– Todos los colegiales deberán asistir a las reuniones convocadas por el equipo directivo tales como capítulos colegiales, entrevistas personales y entrevistas de renovación. (Falta grave).
– Todos los colegiales deberán asistir periódicamente y participar de forma activa en las comisiones que figuren como participantes. (Falta muy grave)
– Los colegiales deberán asistir al menos a uno de los seminarios propuestos por el equipo directivo a lo largo del curso. (Falta muy grave)

REFERIDAS A LA CONDUCTA:

1. Consumo de Alcohol:

– El colegial no podrá consumir alcohol fuera del servicio de cafetería. (Falta grave)
– No está permitido introducir o guardar alcohol en el colegio. (Falta grave)
– No está permitido llegar o estar ebrio en el colegio. (Falta grave)

2. Convivencia:

– El respeto al estudio, al descanso y a la privacidad de nuestros compañeros y compañeras es la base fundamental de la convivencia en nuestro Colegio Mayor. Están prohibidas las reuniones, tertulias, voces, música, películas con alto volumen o cualquier otra actividad que perturbe el estudio o el descanso de los demás colegiales en el pabellón de las habitaciones. Los pabellones de habitaciones están únicamente destinados para estudiar, descansar y asearse. (Falta grave)
– Es obligación de los colegiales y un requisito importantísimo de la convivencia, el respetar a la Dirección del Colegio y a sus trabajadores. (Falta muy grave)-
– No se permite participar directamente o ser cómplice en la práctica de “novatadas”, y en actos o manifestaciones, dentro o fuera del Colegio, que puedan afectar a la reputación y buen nombre del mismo. (Falta muy grave)-
– Sera considerado como falta deteriorar intencionadamente el mobiliario o instalaciones del Colegio. (Falta grave)-
– Sera considerado como falta usar indebidamente o abusar de los medios electrónicos, informáticos o telefónicos puestos al servicio de los colegiales. (Falta grave)-
– Es obligación de los colegiales abrir la puerta de la habitación cuando lo solicite un empleado del Colegio por razones de disciplina, limpieza o mantenimiento de las instalaciones. (Falta grave)-
– Se considerará como falta cualquier discriminación por razón de raza, género, orientación sexual, capacidad económica, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por padecer discapacidad física, sensorial o psíquica, o por cualquier otra condición personal o circunstancia social. (Falta muy grave)-
– Se considerará como falta la realización de grabaciones o toma de imágenes que menoscaben la intimidad personal de los residentes o trabajadores del Colegio Mayor sin su permiso, así como la difusión de estas imágenes en redes sociales sin autorización. (Falta grave)-
– Se considerará como falta, cualquier manifestación, falta de respeto, actitud desafiante, vejación o burla efectuada en los diferentes encuentros deportivos, contra los árbitros o adversarios, disputados por los equipos de nuestro Mayor. (Falta grave)-
– Se considerará falta, Incumplir las sanciones o las instrucciones personales y expresas de la Dirección. (Falta muy grave)-
– Se considerará falta ausentarse reiteradamente de las clases en los respectivos centros de estudio. (Falta grave)-
– Queda prohibido entrar por los accesos o aulas que estén cerradas por la dirección en los horarios correspondientes. (Falta grave)

La Dirección calificará las faltas teniendo en cuenta en cada caso concreto que:

A) Serán consideradas atenuantes:
1. El reconocimiento y arrepentimiento espontáneos.
2. La ausencia de intencionalidad.
3. La reparación espontánea del daño causado.
4. La presentación de disculpas por la conducta incorrecta.
5. No haber incumplido las normas de convivencia anteriormente.

B) Serán circunstancias agravantes:
1. La reiteración.
2. Los actos realizados de forma colectiva que atenten contra los derechos de los demás residentes o trabajadores.
3. Causar daño, injuria u ofensa a compañeros recién incorporados al Centro.
4. El uso de violencia.
5. La publicidad de las conductas.

41. RÉGIMEN DE SANCIONES:

El proceso sancionador se organiza de la siguiente manera.

A) APERTURA DE EXPEDIENTE SANCIONADOR
Ante la sospecha de la comisión de una conducta que pueda ser constitutiva de sanción, el Consejo de Dirección iniciará la apertura de un expediente sancionador al Colegial sospechoso de dicha conducta. El Consejo de Dirección podrá actuar:
– De oficio: cuando el expediente sancionador se inicia sin necesidad de solicitud de la persona afectada o terceras personas.

– A instancia de parte: cuando el expediente sancionador se inicia al solicitarlo la persona afectada o terceras personas.

B) PROPUESTA DE SANCIÓN

Tras el análisis de los hechos, El Consejo de Dirección realizará la propuesta de sanción y se la comunicará al Colegial.

C) ALEGACIONES

El Colegial tiene derecho a ser oído antes de la imposición firme de una sanción. Asimismo, en las sanciones que conlleven una expulsión temporal o definitiva del Colegio, tendrán derecho a realizar las oportunas alegaciones durante un periodo de 48 horas desde la propuesta de sanción.

D) IMPOSICIÓN DE LA SANCIÓN

Tras el análisis de las alegaciones, el Consejo de Dirección responderá con la decisión definitiva. Ante los distintos tipos de faltas se adoptarán, a criterio de la Dirección, todas o algunas de las siguientes disposiciones:

– FALTA LEVE: 1ª apercibimiento verbal, 2ª apercibimiento verbal, 3ª apercibimiento verbal y comunicación a los padres. Si a lo largo del curso se produjera la misma falta leve en más de tres ocasiones dicha falta se considerará como falta grave.

– FALTA GRAVE: La 1ª apercibimiento verbal y comunicación a los padres. La 2º falta grave se considerará como falta muy grave.

– FALTA MUY GRAVE: La 1ª comunicación a los padres y expulsión del centro durante 3 días lectivos. La 2º supondrá una expulsión del centro durante 10 días de los cuales 5 han de ser obligatoriamente lectivos. La 3ª falta muy grave supondrá la expulsión definitiva del centro. La sanción deberá ser efectiva sin excepción en un plazo máximo de 72 horas desde la comunicación oficial.

42. LAS FALTAS A CONTINUACIÓN DESCRITAS SUPONDRÁN LA EXPULSIÓN INMEDIATA DEL CENTRO.

– La comisión de actos constitutivos de delito o falta tipificados como tales en el Código Penal.
– Cualquier acto que pueda poner en peligro la integridad de las personas que se encuentren en el Colegio.
– Tener o consumir en el Colegio cualquier tipo de drogas o estupefacientes.
– Sustraer dinero u objetos pertenecientes a los compañeros o al Colegio.

43. RENOVACIÓN DE PLAZAS COLEGIALES:

La plaza se concede por un año académico, por lo que al final de cada curso debe solicitarse la renovación para el siguiente. La decisión de renovación de las plazas corresponde a la Dirección del Colegio Mayor, que tiene derecho de renovar o no al colegial. se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

• El rendimiento académico.

– Todo colegial deberá cumplir con unos mínimos de rendimiento académico valorados por el equipo directivo para la obtención de la renovación de plaza.

• Implicación en el colegio y participación en actividades.

– Todo colegial deberá participar activamente en las comisiones, en los seminarios, así como mostrar una actitud de convivencia respetuosa con todos los trabajadores y colegiales de nuestro mayor para conseguir la renovación de plaza.

• Comportamiento y disciplina.

– El no cumplir ni respetar el Ideario del Colegio supondrá la no renovación de plaza.

– El desorden y la suciedad reiterada en las dependencias colegiales podrán suponer la no renovación de plaza, así como la retirada de elección de habitación en los cursos posteriores.

– La imposición de dos faltas muy graves, o cuatro faltas graves, a lo largo del curso supondrá la no renovación de plaza para el siguiente curso.

44. NORMATIVA PARA LOS ANTIGUOS COLEGIALES
DEL MAYOR SAN AGUSTÍN:

Toda persona que haya residido en nuestro Colegio Mayor a lo largo de su formación universitaria, tendrá derecho a seguir presente en la vida colegial bajo un código de conducta y unas normas establecidas por el equipo de dirección. Las condiciones y ventajas establecidas variaran en función del tiempo de estancia en el Mayor, así como el nivel de participación de implicación y de gratitud con nuestra institución.

– Durante el mes de septiembre los antiguos colegiales solo podrán acceder a las instalaciones del mayor cuando algún miembro del equipo directivo este presente.

– Para poder usar las instalaciones de la piscina habrá que solicitar permiso expreso a la dirección.

– Solo se podrá pasar al pabellón de las habitaciones con permiso del equipo directivo.

– Podrán asistir a los actos académicos siempre y cuando se apunten a través de dirección y el cupo de invitaciones para antiguos colegiales no este completo.

45. Como institución educativa, el Colegio Mayor San Agustín tiene entre sus cometidos básicos asegurar un entorno de buen trato y convivencia sana entre todos los colegiales. Como es bien sabido, uno de los factores de riesgo en este sentido son las novatadas, prohibidas tanto en nuestra Normativa de Régimen Interno, como por la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de Convivencia Universitaria, que prevé sanciones de extrema gravedad.

46. No se permitirán cualquier conducta vejatoria hacia los colegiales de nuevo ingreso.

47. Los colegiales de segundo año en adelante se comprometerán a una integración sana en la vida colegial de los colegiales de nueva incorporación.

48. Cualquier acción tipificada como novatada, será sancionada con una falta muy grave. Se aplicará la sanción correspondiente y explicada en el punto 43. También será informada la Universidad y Asociación de Colegios Mayores de Madrid sobre la medida tomada.

49. Según el artículo 31 de los Estatutos del Colegio, los colegiales que destaquen por sus virtudes humanas, académicas y especial dedicación a la vida colegial serán distinguidos por la Dirección con la beca del Colegio.

50. La Dirección del Colegio concederá una distinción a los colegiales que finalicen sus estudios universitarios.

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